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La Palabra de Ezeiza | Abril de 2024

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Jueces bonaerenses también estarán obligados a presentar declaraciones juradas

La Plata, dic 21 (DIB).- La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso que todos los jueces de la provincia de Buenos Aires presenten de forma obligatoria su declaración jurada de bienes, una medida que también alcanzará a peritos oficiales y otros funcionarios del Poder Judicial.
A través del Acuerdo 3880, suscripto ayer, el máximo tribunal bonaerense aprobó el reglamento de declaraciones juradas patrimoniales, que obliga a presentar un detalle de sus bienes a todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, los peritos oficiales y los agentes que ?se encuentran sujetos a un especial control?, como los que intervengan en procedimientos de adquisición de bienes o servicios o que participen en la administración y gestión de bienes del Estado.
La medida, firmada por los seis integrantes de la Corte y por el Procurador General, Julio Conte Grand, se da en sintonía con la ley aprobada días atrás por la Legislatura bonaerense, que amplía el universo de funcionarios alcanzados por la obligación de presentar declaraciones juradas. La nueva norma incluyó a diputados y senadores e ?invitó? a hacer lo propio a intendentes, sindicatos y jueces bonaerenses.
Según el texto del Acuerdo publicado por el máximo tribunal, la declaración jurada se realizará a través de su sitio web y del Ministerio Público Fiscal, y se remitirá al Registro de Declaraciones Juradas Patrimoniales.
Las declaraciones serán renovadas antes del 31 de agosto de cada año, y los funcionarios estarán obligados a rellenar un formulario de carácter reservado y otro ?sintético?, que será dado a conocer al público.
Los primeros deberán contener el cargo del funcionario declarante, y sus activos en el país como en el extranjero, con indicación de valor fiscal y de incorporación patrimonial, participación, origen de los fondos y fecha de incorporación. Allí se contemplarán los bienes inmuebles, bienes muebles registrables y no registrables, bienes de los que no siendo titular, posee, usa, o usufructúa, títulos, acciones y valores cotizables o no en bolsa, dinero en efectivo, depósitos en cualquier tipo de banco o entidad financiera, inversiones y participación en sociedades, créditos y pasivos.
En tanto, el formulario sintético, que será de carácter público, contendrá una enunciación de los bienes y actividades del funcionario, que den cuenta de ciertos aspectos patrimoniales y de situaciones que pudieren generar conflictos de intereses, sin contener precisiones.
A diferencia del Ejecutivo, las declaraciones juradas no serán de libre acceso: los interesados podrán consultarlos a través de la página web del Tribunal debiendo completar primero un formulario de consulta, identificándose mediante firma digital. Caso contrario, deberán solicitarlo ante el Registro de Declaraciones Juradas Patrimoniales.

Sanciones

El acuerdo contempla sanciones para quienes no presenten sus declaraciones juradas en el plazo establecido, que serán determinadas por la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia, sin perjuicio de las investigaciones penales a las que diere origen tal omisión. (DIB) JG
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