EXENCIÓN, ¡AFUERA! Se dejó sin efecto la exención que tenían aquellos monotributistas de las categorías “A” y “B” que (con ciertas condiciones) no abonaban el impuesto integrado. (*) El contador público Gustavo Vega atiende en su estudio ubicado en Vicente López 145 de José María Ezeiza, de martes a viernes, de 15 a 18 horas, y sábado de 9 a 12. Consultas: 6070-6719 o al celular 11-5630-7526.Email: contadorvega@yahoo.com.ar
Monotributistas | Fuertes aumentos a partir de agosto
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los aumentos de los valores de las tablas del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo) establecidos hace un tiempo en la Ley Bases aprobada por el Congreso Nacional, tanto en los parámetros como en los valores a pagar por las distintas categorías del mismo. En cuanto a los importes de los parámetros de las categorías, se estableció una retroactividad de los mismos al 1° de enero 2024, por lo que aquellos contribuyentes que fueron excluidos por AFIP o que voluntariamente salieron del monotributo por exceder los topes anteriores, podrán reingresar al régimen, sin necesidad de tener que esperar el plazo de tres años que estaba establecido para ello. Con respecto a los importes a pagar, los mismos sufrieron un gran aumento, según se detalla en la tabla de valores.
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