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La Palabra de Ezeiza | Abril de 2024

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Comenzaron a regir las nuevas medidas para el AMBA: los detalles de las restricciones

Fue oficializado el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández. 


Más requisitos para el sector gastronómico. Las nuevas restricciones dispuestas por el Gobierno nacional con el objetivo de frenar la segunda ola de contagios de coronavirus comenzaron a regir desde este viernes en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), que se encuentra en una “fase 2”, según precisó este jueves el gobernador Axel Kicillof. El Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el presidente Alberto Fernández justifica las medidas por la velocidad de los contagios y la situación del sistema de salud. “La velocidad en el aumento en forma sostenida de los casos registrados en el AMBA es considerablemente mayor a la que se venía registrando y a la que se registra en otras áreas de alto riesgo epidemiológico y sanitario del país, lo que genera una importante tensión en el sistema de salud en todos sus niveles, así como el riesgo de su saturación”, reza el DNU. En este contexto, continúa el documento oficial, “se hace necesario ampliar el horario de restricción de la circulación de personas en todo el territorio del AMBA desde 20 horas hasta las 6 horas del día siguiente, con el objetivo de proteger la salud pública y evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus”. Así, el DNU establece que los locales gastronómicos podrán funcionar solamente entre las 6 y las 19, aunque luego podrán continuar trabajando bajo las modalidades delivery y “para llevar” (take away). Esta decisión es similar a la que aplica para el resto de los comercios, pero el documento oficial también aclaró un detalle que el mandatario nacional no informó en su discurso grabado del miércoles pasado: según el texto, a partir de ahora y hasta el próximo 30 de abril, durante el día los bares y restaurantes podrán atender a sus clientes únicamente “en espacios habilitados al aire libre”. De esta manera, los negocios de comida y bebida deberán contar con mesas en la calle, en terrazas o en patios abiertos para poder recibir al público porque, de lo contrario, ya no podrán prestar servicio dentro de sus instalaciones, algo similar a lo que ocurrió durante la primera etapa de flexibilización de la cuarentena estricta. Además, el Poder Ejecutivo precisó que, en caso de que una persona quiera hacer un pedido “para retirar en el establecimiento”, deberá hacerlo “en locales de cercanía”. El decreto oficializó, además, que hasta finales de este mes se cierran centros comerciales y shoppings y quedan prohibidas todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados. El transporte público podrá ser utilizado por las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales, para atender circunstancias excepcionales, y quienes “deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere”. En tanto, sobre el punto que generó más polémica, el decreto establece que “se reconoce sin dudas la importancia de la presencialidad en la actividad escolar, pero la situación epidemiológica demuestra una gravedad que exige la adopción de medidas inmediatas para disminuir la circulación de las personas, con el fin de disminuir, también, la velocidad en el crecimiento de los contagios. Por ese motivo deberán realizarse los mayores esfuerzos, durante las dos semanas de suspensión de clases presenciales para garantizar el derecho a estudiar con la modalidad virtual, hasta el reinicio posterior luego de transcurrido ese plazo”. “En este sentido se comparte el criterio de que la suspensión de la presencialidad en las aulas debe llevarse adelante por el menor tiempo posible, tal como han indicado prestigiosos organismos vinculados a los derechos de niños, niñas y adolescentes, como UNICEF y la Sociedad Argentina de Pediatría”, indica el documento. (DIB) MCH
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