El Gobierno nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), informó que se modificaron los criterios que deben cumplir los monotributistas y autónomos que inicien el trámite para solicitar el crédito a tasa cero, permitiendo de esta manera que 270 mil personas más queden habilitadas para sumarse al beneficio.
¿Qué monotributistas pueden acceder?
Pueden estar inscriptos en cualquier categoría del régimen. No deben prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal por un 70%, y no deben percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación. El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020, no debe haber caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. Además, no se puede tener situación crediticia mayor a 2, es decir, no podrán acceder aquellos que posean deudas mayores a 90 días.
¿Qué condiciones necesitan los autónomos?
No deben encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, ni ser integrante de directorio de sociedades comerciales. Además, no pueden tener situación crediticia mayor a 2 y deben poseer Domicilio Fiscal Electrónico.
¿Hasta cuándo se puede sacar?
Se puede iniciar el trámite para a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de julio. La normativa establece dos requisitos para comenzar el trámite: contar con una Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico.
¿A cualquiera que lo pida se le otorgarán $ 150.000?
No. el monto del crédito que podrá solicitar cada persona depende de la categoría en la que está inscripto. El máximo previsto por la normativa es de $150.000. Cuando uno inicia el trámite en la web http://www.afip.gob.ar/ el organismo remitirá los datos al Banco Central para que los distribuya entre los bancos seleccionados por los monotributistas y autónomos. Cada banco se contactará con quienes iniciaron el procedimiento.
¿Cómo funciona la acreditación de fondos?
Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos. Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses. El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses.
¿Existe letra chica a la hora de acceder al crédito?
Para evitar maniobras con el dinero del crédito, a partir del momento de la primera acreditación y hasta la total cancelación estará vedada la posibilidad de obtener adelantos de efectivo con esa tarjeta. Si bien el crédito sirve tanto para realizar consumos como para cancelar saldos o consumos anteriores, no podrán sumar millas con los consumos realizados con el dinero acreditado. Y, dato importante, no se podrá acceder al mercado de cambios para comprar dólares, incluso para los que lo hacen para enviar dinero para la ayuda familiar al exterior. (DIB) FD
Seis respuestas sobre la nueva tanda de créditos a tasa cero
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